Vaticano I: las definiciones del papa son irreformables por sí mismas, no por el consentimiento de la Iglesia (1870)
El concilio Vaticano I definió que el romano pontífice, cuando habla ex cathedra, goza de la infalibilidad que Cristo quiso dar a su Iglesia, y que por eso sus definiciones son irreformables «por sí mismas, y no por el consentimiento de la Iglesia». La cláusula tenía destinatario: los artículos galicanos de 1682 habían dicho lo contrario.
A nuestro juicio, la pregunta de este tema es dónde ha puesto Roma la infalibilidad a lo largo de la historia. En Constanza, en el concilio; en 1682, en el papa con el consentimiento de la Iglesia; en 1870, en el papa por sí solo; y desde 1863 y 1964, también en un magisterio ordinario que en 1995 se declaró infalible sin definición solemne. Döllinger se negó a aceptar la de 1870 con el juramento de Pío IV en la mano. Para Westminster, todos los concilios pueden errar.