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Cristianismo histórico

La historia de la doctrina, bajo la Escritura

40d

Lo que Roma llama infalible es más estrecho de lo que parece, y por eso la apostasía tiene que ser doctrinal

Vaticano I no dijo que la iglesia no pueda corromperse: dijo que el romano pontífice, cuando habla ex cathedra, goza de la infalibilidad con que Cristo quiso dotar a su Iglesia, y que sus definiciones son irreformables «por sí mismas, y no por el consentimiento de la Iglesia» (5, 25). Después, Lumen gentium 25 enseñó que también los obispos dispersos por el mundo enseñan infaliblemente cuando coinciden en una doctrina que ha de tenerse definitivamente, y en 1994-95 se declaró infalible una enseñanza sin definición solemne. Nada de eso promete que los papas sean santos, que los obispos no yerren en sus libros ni que la masa de los fieles persevere.

De ahí que el argumento no pueda ser «hay malos papas, luego no hay infalibilidad». Roma responde que la promesa es a la definición, no a la vida. Lo que sí la refuta es que la definición sea falsa: que se haya definido como de fe lo que la Escritura no dice o contradice (40e). Y hay casos que ni siquiera llegan a la definición: Honorio condenado por hereje, concilios que erraron y el círculo de Salmon.

A nuestro juicio, la distinción es honesta y hay que concederla: la infalibilidad católica es más estrecha que la impecabilidad. Precisamente por eso la apostasía que la refuta tiene que ser doctrinal, y por eso 2 Tesalonicenses 2 es el texto decisivo.

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Cristianismo histórico, nota 40d · https://cristianismohistorico.org/nota/40d/