Pío VI defiende el limbo frente a los jansenistas (1794)
El sínodo jansenista de Pistoia (1786), siguiendo a Agustín, había rechazado el limbo como una fábula pelagiana. En la bula Auctorem fidei, Pío VI condenó esa doctrina, en cuanto equiparaba ese lugar al estado medio de los pelagianos, como falsa, temeraria e injuriosa para las escuelas católicas: se puede enseñar que existe ese lugar, que los fieles llaman limbo de los niños, donde las almas de los que mueren solo con el pecado original son castigadas con la pena de daño sin la pena del fuego.
Pío VI no definió que el limbo exista; defendió que se pudiera enseñar. Y lo distinguió expresamente del estado intermedio «sin culpa ni pena» que fabulaban los pelagianos: su limbo es un lugar de castigo, con pena de daño aunque sin fuego. Agustín solo admitía, para estos niños, la condenación más suave; la teología posterior acabaría por quitarles todo dolor.