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Cristianismo histórico

La historia de la doctrina, bajo la Escritura

47e

De Pistoya a la infalibilidad (1870)

La condena de Pistoya no cerró el siglo: la Revolución francesa, Napoleón y el acoso a los Estados pontificios, que acabarían perdiéndose (44d), empujaron a Roma en la dirección contraria. El episcopalismo del XVIII fue sustituido por el ultramontanismo del XIX, y Vaticano I definió en 1870 lo que Febronio había negado: la jurisdicción universal y la infalibilidad del papa.

A nuestro juicio, la reacción es inteligible: cuando la iglesia pierde el estado y la sociedad se vuelve secular, la sede concentra en sí misma la autoridad que ya no puede ejercer fuera. Lo que el siglo XVIII discute como gobierno, el XIX lo define como dogma.

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Cristianismo histórico, nota 47e · https://cristianismohistorico.org/nota/47e/