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Cristianismo histórico

La fe reformada y Roma, a través de los siglos

Bibliografía

Concilio de Trento, sesión 23 (15 de julio de 1563), doctrina y cánones sobre el sacramento del orden

Cap. 1: «Sacrificium et sacerdotium ita Dei ordinatione coniuncta sunt, ut utrumque in omni lege exstiterit.» «El sacrificio y el sacerdocio están tan unidos por ordenación de Dios, que ambos han existido en toda ley.» Como en la nueva ley la iglesia recibió el santo sacrificio visible de la eucaristía, hay que confesar también un sacerdocio visible y externo, instituido por Cristo (DH 1764). Canon 1: anatema a quien diga que en el Nuevo Testamento no hay un sacerdocio visible y externo, o que no hay potestad de consagrar y ofrecer el verdadero cuerpo y sangre del Señor (DH 1771). Canon 3: el orden es verdadero sacramento instituido por Cristo (DH 1773). Cap. 4: «Proinde sancta Synodus declarat, praeter ceteros ecclesiasticos gradus episcopos, qui in Apostolorum locum successerunt, ad hunc hierarchicum ordinem praecipue pertinere, et positos (sicut idem Apostolus ait) a Spiritu Sancto "regere Ecclesiam Dei" [Act 20,28], eosque presbyteris superiores esse, ac sacramentum confirmationis conferre, ministros Ecclesiae ordinare, atque alia pleraque peragere ipsos posse, quarum functionum potestatem reliqui inferioris ordinis nullam habent» (DH 1768). «Por tanto, el santo sínodo declara que, además de los otros grados eclesiásticos, pertenecen principalmente a este orden jerárquico los obispos, que sucedieron en el lugar de los apóstoles, y que han sido puestos (como dice el mismo apóstol) por el Espíritu Santo "para regir la iglesia de Dios"; que son superiores a los presbíteros, y que pueden conferir el sacramento de la confirmación, ordenar a los ministros de la iglesia y hacer otras muchas cosas, de cuyas funciones no tienen ninguna potestad los demás de orden inferior.» Can. 6: «Si quis dixerit, in Ecclesia catholica non esse hierarchiam, divina ordinatione institutam, quae constat ex episcopis, presbyteris et ministris: anathema sit» (DH 1776). «Si alguno dijere que en la iglesia católica no hay una jerarquía, instituida por disposición divina, que consta de obispos, presbíteros y ministros, sea anatema.» Can. 7: «Si quis dixerit, episcopos non esse presbyteris superiores; vel non habere potestatem confirmandi et ordinandi, vel eam, quam habent, illis esse cum presbyteris communem […]: anathema sit» (DH 1777). «Si alguno dijere que los obispos no son superiores a los presbíteros, o que no tienen potestad de confirmar y ordenar, o que la que tienen les es común con los presbíteros […], sea anatema.»

Denzinger-Hünermann 1764, 1771, 1773 (cap. 1 y cánones 1 y 3); 1767-1770 (cap. 4) y 1776-1777 (cánones 6-7) (ed. latín-italiano de 1996; Denzinger 1911, n. 960, 966-967). La víspera de la sesión se tachó «aliis» delante de «ministris» en el canon 6 (nota de DH, según CT 9, 622 n. 1). El versículo que alega el cap. 4, Hch 20,28, se dirige a «los ancianos de la iglesia» de Éfeso (Hch 20,17).

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