Fuentes
IV Concilio de Letrán (1215), canon 3 (Excommunicamus), contra los herejes
«Damnati vero, saecularibus potestatibus praesentibus, aut eorum ballivis, relinquantur animadversione debita puniendi, clericis prius a suis ordinibus degradatis…» «Y los condenados sean dejados, en presencia de los poderes seculares o de sus bailíos, para ser castigados con la pena debida, degradados antes de sus órdenes los clérigos…»
«Moneantur autem et inducantur, et, si necesse fuerit, per censuram ecclesiasticam compellantur saeculares potestates, quibuscumque fungantur officiis, ut […] pro defensione fidei praestent publice juramentum, quod de terris suae jurisdictioni subjectis universos haereticos ab ecclesia denotatos bona fide pro viribus exterminare studebunt…» «Sean amonestados e inducidos, y, si fuere necesario, obligados por censura eclesiástica los poderes seculares, cualquiera que sea su oficio, a que […] presten públicamente juramento, en defensa de la fe, de que se esforzarán de buena fe, cuanto puedan, por echar de las tierras sujetas a su jurisdicción a todos los herejes señalados por la iglesia…»
«Si vero dominus temporalis requisitus et monitus ab ecclesia, terram suam purgare neglexerit ab hac haeretica foeditate, per metropolitanum et ceteros comprovinciales episcopos excommunicationis vinculo innodetur. Et, si satisfacere contempserit infra annum, significetur hoc summo pontifici: ut ex tunc ipse vassallos ab ejus fidelitate denunciet absolutos, et terram exponat catholicis occupandam, qui eam exterminatis haereticis sine ulla contradictione possideant…» «Y si el señor temporal, requerido y amonestado por la iglesia, descuidare limpiar su tierra de esta inmundicia herética, sea atado con el vínculo de la excomunión por el metropolitano y los demás obispos de la provincia. Y si desdeñare dar satisfacción dentro de un año, notifíquese al sumo pontífice, para que desde entonces declare a sus vasallos absueltos de su fidelidad y exponga su tierra a que la ocupen los católicos, que, echados los herejes, la posean sin contradicción alguna…»
Sigue: los católicos que tomen la cruz «ad haereticorum exterminium» gozan de la indulgencia y el privilegio de los que van en socorro de Tierra Santa. «Exterminare» es aquí, como en el latín clásico, echar fuera de los términos.
Texto latino en H. J. Schroeder, Disciplinary Decrees of the General Councils (St. Louis: Herder, 1937), pp. 562-563, cotejado en el escaneo de archive.org (DisciplinaryCouncils); también en las Decretales de Gregorio IX, X 5.7.13. El Denzinger (DH 809) da solo el párrafo final del canon, sobre la predicación sin misión. Traducción nuestra.