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Cristianismo histórico

La fe reformada y Roma, a través de los siglos

Bibliografía

Dicasterio para la Doctrina de la Fe, Normas para proceder en el discernimiento de presuntos fenómenos sobrenaturales (17 de mayo de 2024)

Presentación: «En el pasado, la Santa Sede parecía aceptar que los Obispos hicieran declaraciones como estas: "Se justifica que los fieles crean que es indudable y cierto" (Decreto del Obispo de Grenoble, 19 de septiembre 1851), "No se puede poner en duda la realidad de las lacrimaciones" (Obispo de Sicilia, 12 de diciembre de 1953). Pero estas expresiones chocaban con la convicción de la Iglesia de que los fieles no están obligados a aceptar la autenticidad de estos hechos.» Recuerda también que, sobre Fátima, la Congregación explicó en 2000 que la aprobación de una revelación privada pone en evidencia que «su mensaje no contiene nada que vaya contra la fe y las buenas costumbres». N. 11-12: «debe quedar claro que, de forma habitual, no cabe esperar un reconocimiento positivo por parte de la autoridad eclesiástica sobre el origen divino de presuntos fenómenos sobrenaturales. En el caso que se conceda por parte del Dicasterio un Nihil obstat […], tales fenómenos no se convierten en objeto de fe – es decir, los fieles no están obligados a darles un asentimiento de fe –». N. 17: «Nihil obstat — Aunque no se expresa ninguna certeza en cuanto a la autenticidad sobrenatural del fenómeno, se reconocen muchos signos de una acción del Espíritu Santo […]. Por ello, se anima al Obispo diocesano a apreciar el valor pastoral y también a promover la difusión de esta propuesta espiritual, incluso a través de posibles peregrinaciones a un lugar santo.» Art. 22: el obispo precisará que los fieles «pueden dar su asentimiento de forma prudente», y velará para que no consideren ninguna de las decisiones «como un aval al carácter sobrenatural del fenómeno». Art. 27: «Las presentes Normas sustituyen íntegramente las precedentes del 25 de febrero de 1978.»

Texto español de vatican.va (rc_ddf_doc_20240517_norme-fenomeni-soprannaturali), aprobado por Francisco el 4 de mayo de 2024; firma el prefecto, card. Víctor Manuel Fernández.

Cristianismo histórico · https://cristianismohistorico.org/fuente/b-normas-fenomenos-2024/