Bibliografía
IV Concilio de Letrán (1215), canon 21 (Omnis utriusque sexus)
«Omnis utriusque sexus fidelis, postquam ad annos discretionis pervenerit, omnia sua solus peccata saltem semel in anno fideliter confiteatur proprio sacerdoti…» Todo fiel de uno y otro sexo, llegado a la edad de la discreción, confiese fielmente él solo todos sus pecados al menos una vez al año a su propio sacerdote, y reciba la eucaristía al menos en Pascua; si no, se le prohíba la entrada en la iglesia en vida y se le niegue la sepultura cristiana al morir.
Denzinger-Hünermann 812. Trento, sesión 14 (25 de noviembre de 1551): canon 7, de derecho divino la confesión de todos los pecados mortales (DH 1707); canon 8, defiende la confesión anual según Letrán (DH 1708).